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boletín

Nuevas medidas de protección para los trabajadores del sector cultural

El Consejo de Ministros del Gobierno de España ha aprobado un Real Decreto-ley de medidas sociales complementarias para la protección por desempleo y de apoyo al sector cultural. Con esta norma se amplía la protección iniciada por el Real Decreto-Ley del pasado mes de mayo.

Básicamente, el nuevo Real Decreto incluye la creación un subsidio por desempleo para el personal técnico y auxiliar del sector de la cultura y prorroga hasta el 31 de enero la protección por desempleo de los artistas en espectáculos públicos.

Ante la persistencia de las restricciones derivadas de la crisis sanitaria, que actualmente impide la plena recuperación de la actividad económica, el Real Decreto-Ley acuerda la prórroga de la prestación extraordinaria por desempleo para los artistas en espectáculos públicos, hasta el 31 de enero de 2021.

Esta nueva medida dará cobertura a quienes hayan agotado sus prestaciones entre el 14 de marzo y el 30 de junio de 2020 y no tengan acceso a otras ayudas ni posibilidad de incorporarse al mercado laboral.

Los posibles beneficiarios y beneficiarias han de estar en situación de desempleo e inscritos en los sistemas públicos como demandantes. También podrán acceder al subsidio las personas que estén cumpliendo el mes de espera para acceder al subsidio de agotamiento de la prestación contributiva. El subsidio no será compatible con la percepción de la renta mínima, la renta de inclusión, salario social o ayudas análogas de cualquier administración pública.

La ampliación de la percepción por desempleo permitirá que, entre otros, actores y actrices, músicos, o directores y directoras de cine sigan protegidos a pesar de la interrupción de su actividad.

Se crea una nueva cobertura por cese de actividad que permitirá a los técnicos y auxiliares del sector de la cultura acogerse por primera vez a un subsidio por desempleo. Profesionales técnicos del sector como son los ayudantes de coreografía, cámaras, técnicos de luz y sonido, técnicos de montaje de escenarios, regidores o maquinistas, disfrutarán de una prestación. Hasta ahora dichos profesionales no podían beneficiarse de las coberturas generales del sistema de desempleo por las peculiaridades de su profesión, caracterizada especialmente por la intermitencia. La duración del subsidio será hasta el 31 de enero de 2021, fecha prevista para todas las medidas de protección social aprobadas por el Gobierno.

Los potenciales beneficiarios han de acreditar un período de cotización de, al menos, 35 días. También deben estar inscritos en los servicios públicos de empleo y no deben contar con un trabajo, bien sea por cuenta propia o ajena, a jornada completa. El subsidio es incompatible con la percepción de otro tipo de ayudas.

Descarga aquí el Real Decreto